El secretario general de Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN), D. Carlos Sanlorenzo Ferri solicitaba una aclaración de la navegación de recreo o deportiva.
«Por navegación de recreo o deportiva, se entiende aquella cuyo objeto exclusivo sea el recreo, la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional, por su propietario o por otras personas que puedan utilizarla, mediante arrendamiento, contrato de pasaje, cesión o por cualquier otro título, siempre que en estos casos el buque o embarcación no sea utilizado por más de doce personas, sin contar con su tripulación».

Las fases de la desescalada náutica serán las siguientes:
A) En la fase 0 no se podrá navegar por ocio, salvo que se haga deportivamente y de forma individual (deporte no profesional y federado), como una actividad física. Se pueda navegar en determinadas embarcaciones de vela como práctica de deporte. A de tenerse en cuenta que quien lleve a cabo esa actividad ha de residir en el mismo municipio donde se encuentre la embarcación y limitaciones geográficas.
Puertos deportivos
B) En la fase I la navegación de recreo puede desarrollarse atendiendo a su consideración como turismo activo y de naturaleza por grupos limitados (actividades culturales y de ocio). Deberán respetarse las limitaciones de tipo personal previstas para esta fase y adoptar medidas de desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene en las embarcaciones (que también pueden tener la consideración de alojamientos turísticos).
Motos acuáticas
C) En la fase II la navegación recreativa, se admite la navegación de recreo y deportiva para grupos más amplios de personas, ya sin la limitación de residir en el mismo municipio, pero sí en la misma provincia. Los propietarios de embarcaciones n un término municipal distinto al de su residencia, pero en la misma provincia, ya podrían efectuar visitas para efectuar comprobaciones de seguridad y mantenimiento. También aquí ya podría llevarse a cabo prácticas de navegación para la obtención de títulos de recreo
Prácticas Náuticas
D) En la fase III, ya se autorizarán las actividades náuticas de recreo, como pueden ser las de carácter geográfico y la adopción de las medidas sanitarias de prevención. De esta forma, la Dirección General de la Marina Mercante considera que la navegación de recreo o deportiva puede practicarse durante las distintas fases para la transición a la nueva normalidad, y ello tanto en buques o embarcaciones de recreo que hayan sido objeto de arrendamiento náutico.
Escuela Náutica Acronáutica
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