El alquiler de embarcaciones sin titulación náutica dejará de estar permitido en España a partir del 1 de octubre de 2026. Desde esa fecha, cualquier persona que quiera alquilar y gobernar una embarcación de recreo deberá disponer de una licencia o título náutico adecuado.

La medida está recogida en el Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre, que modifica la normativa sobre titulaciones náuticas de recreo. El objetivo es reforzar la seguridad marítima y reducir los incidentes relacionados con usuarios que acceden a una embarcación sin formación previa.

¿Qué cambia con la nueva normativa?

Hasta ahora, determinadas embarcaciones a motor de hasta cinco metros de eslora y con una potencia máxima de 15 CV podían alquilarse sin necesidad de presentar una titulación.

A partir de octubre de 2026, esta excepción quedará limitada al uso privado. Esto significa que una persona podrá seguir utilizando una embarcación propia sin título cuando cumpla los límites establecidos, pero no podrá alquilar una embarcación y gobernarla sin licencia.

Las empresas de alquiler podrán seguir ofreciendo sus servicios a usuarios que dispongan de titulación o mediante embarcaciones con patrón profesional.

¿Se podrá seguir navegando sin licencia?

Sí, aunque únicamente en determinados supuestos. La normativa permitirá el uso privado de embarcaciones a motor de hasta cinco metros de eslora y un máximo de 15 CV.

También se mantendrá la exención para embarcaciones de vela de hasta seis metros, siempre que se utilicen con fines deportivos.

En estos casos, la navegación deberá realizarse durante el día, sin alejarse más de dos millas náuticas del puerto, marina o lugar de salida y por una persona mayor de edad.

La principal diferencia está en el tipo de uso: si la embarcación es alquilada, será necesario disponer de una titulación náutica.

La Licencia de Navegación como opción más accesible

Para muchos usuarios, la Licencia de Navegación será la forma más rápida y sencilla de adaptarse a la nueva normativa.

Esta titulación permite gobernar embarcaciones de recreo de hasta seis metros de eslora y motos de agua, sin limitación de potencia, siempre dentro de las atribuciones establecidas.

La navegación debe realizarse durante el día y hasta una distancia máxima de dos millas náuticas respecto a un puerto, marina o lugar de abrigo.

El curso tiene una duración total de seis horas, divididas en dos horas de formación teórica y cuatro horas de prácticas de navegación. No es necesario superar un examen oficial.

¿Qué se aprende durante el curso?

La formación incluye conocimientos básicos sobre seguridad marítima, balizamiento, preferencias de paso, comunicaciones y actuación ante posibles emergencias.

En la parte práctica, el alumno aprende a preparar la embarcación, realizar maniobras, atracar, desatracar, fondear y gobernar con seguridad.

Aunque se trata de una titulación básica, ofrece una preparación útil para quienes quieren iniciarse en la navegación de recreo o conducir motos de agua por libre.

Un cambio importante para el sector náutico

La eliminación del alquiler sin licencia supone un paso más hacia una navegación recreativa más segura y profesionalizada.

Las empresas de alquiler deberán adaptar sus servicios y comprobar que los usuarios disponen de la titulación necesaria. Al mismo tiempo, aumentará previsiblemente el interés por cursos como la Licencia de Navegación.

En Acronáutica, ubicada en Marina Greenwich, Altea, se imparten cursos de Licencia de Navegación con formación teórica y prácticas reales en el mar.

Conocer las normas, aprender a manejar una embarcación y actuar correctamente ante una emergencia no solo será un requisito para alquilar, sino una garantía para disfrutar de la navegación con mayor seguridad y confianza.